Muchas consultas llegan hasta nuestros ejecutivos preguntando de quién es en definitiva la propiedad si se complementan sueldos para alcanzar la renta requerida. Sin importar quién aporta más al capital necesario, la casa propia comprada con Subsidio DS19 será siempre de quien haya postulado y obtenido el subsidio, escriturándose a nombre de ella convirtiéndose en propietario legal de la vivienda.

En este caso, la persona o familia es considerada como el titular del subsidio, y por lo tanto, propietario legal de la vivienda.

Conoce más sobre subsidio DS19 aquí (https://subsidios.cl/ds19)

Proyectos

UF 2.400
Rocas de la Iglesia
3 dorms.
Constitución
UF 1.700
Condominio Santa Teresa
2 y 3 dorms.
San Bernardo
UF 1.750
Condominio Mirador de Lauquén
1, 2 y 3 dorms.
Los Ángeles